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Nueva Cuota

Cancelar la hipoteca: económica y registral, pasos y gastos

Actualizado el · Por Nueva Cuota

Cancelar la hipoteca tiene dos partes. La cancelación económica es pagar toda la deuda, al final del plazo o antes. La cancelación registral es borrar la hipoteca del registro de la propiedad, y no se hace sola: hay que firmar una escritura de cancelación e inscribirla. Mientras no lo hagas, la vivienda sigue apareciendo hipotecada.

Cancelación económica y cancelación registral

Cancelación económica Cancelación registral
Qué es Pagar toda la deuda Borrar la hipoteca del registro de la propiedad
Cuándo Al pagar la última cuota, o antes si amortizas todo Cuando tú la pidas, después de la económica
Qué se firma Nada: el banco te da un certificado de deuda cero Una escritura de cancelación ante notario, firmada por el banco
Coste Comisión por reembolso anticipado, solo si cancelas antes de tiempo Notaría, registro y, si la usas, gestoría

¿Cómo se cancela la hipoteca en el registro? Pasos

  1. Pide al banco el certificado de deuda cero, que acredita que has pagado todo.
  2. Pide al banco que firme la escritura de cancelación en la notaría. Normalmente la firma un apoderado del banco.
  3. Presenta la escritura a efectos del impuesto de actos jurídicos documentados de tu comunidad autónoma (la notaría o la gestoría te dirán si hay que pagar algo o solo presentarla).
  4. Inscríbela en el registro de la propiedad. A partir de ahí, la nota simple de tu vivienda ya no muestra la hipoteca.

Puedes hacer los pasos 3 y 4 tú mismo o con una gestoría; si el banco te ofrece la suya, pregunta el precio y compáralo.

¿Cuánto cuesta cancelar la hipoteca?

Concepto Cómo se calcula Norma
Notaría (escritura de cancelación) Arancel de «documento sin cuantía», el más bajo Ley 2/1994, art. 8
Registro de la propiedad Arancel de inscripciones sobre el capital pendiente, con una reducción del 90 % Ley 2/1994, art. 8
Gestoría Libre (opcional si lo haces tú)
Comisión por reembolso anticipado (solo si cancelas antes de terminar) Lo pactado, con los límites de la Ley 5/2019: variable, 0,15 % en 5 años o 0,25 % en 3 años; fija, 2 % en 10 años y 1,5 % después Ley 5/2019, art. 23

Ejemplo de la comisión si cancelas antes de tiempo 150.000 € pendientes de una hipoteca posterior a junio de 2019:

Tipo de hipoteca y momento Comisión máxima legal
Variable, en los 3 primeros años, si se pactó el 0,25 % 375 €
Variable, en los 5 primeros años, si se pactó el 0,15 % 225 €
Variable, después de esos años 0 €
Fija, en los 10 primeros años 3.000 € (2 %)
Fija, después 2.250 € (1,5 %)

En todos los casos, la comisión no puede superar la pérdida financiera real del banco (Ley 5/2019, art. 23.8). Si tu hipoteca es anterior a junio de 2019, la comisión es la que diga tu escritura.

¿Compensa cancelar antes de tiempo?

Depende del tipo de interés que pagas y de lo que harías con ese dinero. Si lo que buscas es pagar menos intereses sin quedarte sin ahorros, puedes amortizar solo una parte y elegir entre bajar la cuota o el plazo. Si tu hipoteca es variable, mira cómo te afectaría el euríbor con el simulador de revisión.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio hacer la cancelación registral?

No es obligatorio, pero si quieres vender la vivienda o pedir otra hipoteca sobre ella, tendrás que hacerlo, porque en el registro seguirá constando la hipoteca. Hacerlo al terminar de pagar evita prisas y problemas después.

¿Puedo cancelar la hipoteca antes de tiempo?

Sí, en cualquier momento. Puedes tener que avisar con antelación (como mucho un mes, si se pactó) y pagar la comisión por reembolso anticipado de tu contrato, con los límites de la Ley 5/2019 si tu hipoteca es posterior a junio de 2019. El banco tiene que darte la información en tres días hábiles.

¿El banco me puede cobrar por el certificado de deuda cero?

Revisa tu contrato y el folleto de tarifas del banco. Si te cobran algo que no está pactado o no responde a un servicio realmente prestado, puedes reclamar al servicio de atención al cliente del banco y, después, al Banco de España.

Fuentes oficiales